ISO-ZERTIFIZIERUNG FÜR KMU · DIGITAL · EUROPÄISCH
¿Debe estar acreditada una certificación ISO?
Nein. Von wenigen, gesetzlich klar geregelten Ausnahmen abgesehen verlangt weder die ISO noch das Vergaberecht in Deutschland oder der Schweiz eine Akkreditierung. Unsere Länderorganisationen arbeiten als unabhängige Zertifizierungsstellen - und wir erklären hier, was das bedeutet.
- Ist das Zertifikat gültig? Ja. Das hat ein Oberlandesgericht ausdrücklich festgestellt.
- Wird bei mir weniger geprüft? Nein. Dieselbe Norm, derselbe Massstab, dieselbe Zahl an Audittagen.

Certificaciones ISO
¿Es suficiente un certificado sin acreditación?
Para la gran mayoría de las empresas: SÍ.
Y si en su caso no fuera suficiente, se lo diremos antes de que reciba una oferta de nuestra parte.
Las tres preguntas con las que llegan los clientes
Eucerta es un organismo de certificación independiente y no acreditado. Qué significa esto para usted — y qué no — se explica por completo en esta página.
¿Es válido el certificado?
Sí. Así lo ha declarado expresamente un Tribunal Regional Superior.
¿Se me controla menos?
No. La misma norma, el mismo criterio, el mismo número de días de auditoría.
¿Lo acepta mi cliente?
En la mayoría de los casos sí. Cuando la situación es ajustada, se lo decimos de antemano.
La respuesta breve
De qué se trata realmente la acreditación
Una acreditación dice algo sobre la organización de un organismo de certificación. No sobre lo que se certifica en su empresa. Necesita estas tres respuestas.
- Sí — ¿Es jurídicamente válido mi certificado?
- No — ¿Se me controla menos o de forma más superficial?
- No — ¿Se exige realmente una acreditación?
¿Encajamos con usted?
Compruébelo en treinta segundos
No somos el organismo adecuado para todas las empresas. Es mejor que lo note aquí que después de encargarnos el trabajo.
- Sí — Sus clientes o sus cuestionarios de proveedores exigen un certificado ISO
- Sí — Tiene principalmente encargos del sector privado
- Sí — Necesita el comprobante pronto — para un plazo, una licitación, un nuevo cliente
- Sí — Quiere un sistema de gestión que siga vivo después de la auditoría — no solo un documento
- Sí — Quiere un precio que conozca antes de empezar
- No — Comercializa productos sanitarios de alto riesgo
- No — Debe certificar productos de construcción según el Reglamento de Productos de Construcción de la UE
- No — Gestiona un laboratorio de calibración o ensayo
- No — las licitaciones públicas son su principal negocio y allí se exige expresamente un organismo acreditado
Cuando su cliente pregunte
Esta respuesta se la puede reenviar
La mayoría de las veces no pregunta su cliente, sino su departamento de compras o de calidad. Aquí tiene una respuesta que puede utilizar directamente — objetiva, con referencias.
nuestro sistema de gestión está certificado según la norma ISO 9001. La certificación fue realizada por un organismo de certificación independiente, que trabaja conforme a la ISO/IEC 17021-1 y la ISO 19011 — el mismo marco normativo según el cual también auditan los organismos acreditados.
Una acreditación del organismo de certificación no es obligatoria para las certificaciones de sistemas de gestión. La propia ISO señala que la acreditación no es obligatoria y que su ausencia no significa que un organismo de certificación no sea serio. El Tribunal Superior Regional de Colonia (OLG Köln) resolvió el 30 de septiembre de 2015 (26 U 9/15) que la validez de un certificado no depende de una acreditación.
Con mucho gusto le facilitamos, como prueba de equivalencia, la copia del certificado, las directrices de certificación, el certificado de competencia del auditor y el informe de auditoría conforme a la norma. Además, el certificado puede verificarse en cualquier momento a través del registro público del organismo de certificación.
Sus comprobantes
Cuatro fuentes que hablan por usted
Todas de acceso público. Puede consultar cualquiera de ellas usted mismo o indicárselas a un cliente.
International Organization for Standardization
«Una acreditación no es obligatoria, y la ausencia de una acreditación no significa necesariamente que el organismo de certificación no sea serio.»
iso.org/certification, sección «Choosing a certification body». Lo dice la propia organización que emite las normas.
OLG Köln, 30.09.2015 — 26 U 9/15
«De lege lata, en Alemania cualquiera puede fundar y mantener un organismo de certificación sin necesitar una acreditación.»
El tribunal establece expresamente que la validez de un certificado no depende de la acreditación. Resuelto en relación con la certificación de personas; la fundamentación se aplica igualmente a los sistemas de gestión.
Bundesverwaltungsamt Köln
«La acreditación de los organismos de certificación para sistemas de gestión de calidad no es obligatoria.»
Información de la autoridad federal competente, departamento VIII 1.
ISO/IEC 17021-1:2015
«Un organismo de certificación puede ser estatal o no estatal, con o sin facultad reguladora.»
La norma que establece los requisitos para los organismos de certificación permite expresamente ambas formas de organización.
Si se presenta a contratos públicos
Lo que rige en su mercado
Entre empresas, las partes deciden libremente qué justificantes aceptan. En las licitaciones públicas rigen normas de contratación, que varían según el país. Nosotros las presentamos tal como son.
España
La ley de contratación pública exige, para las pruebas de calidad, certificados de organismos que cumplan las normas europeas de certificación — no de organismos acreditados. Para usted, la posición más favorable de los cuatro mercados. En el caso de la ISO 14001 rige una regulación más restrictiva.
Para consultar: art. 93 LCSP, para medio ambiente art. 94 LCSP; Real Decreto 2200/1995, art. 2.
Alemania
El reglamento de contratación pública se refiere a organismos acreditados. Para usted, el camino pasa por la frase 3 de la misma disposición: deben reconocerse otras pruebas si no pudo obtener el certificado a tiempo por razones ajenas a su responsabilidad. Fuera de la contratación pública, la situación es clara.
Para consultar: § 49 apdo. 1 VgV; OLG Köln, 30.09.2015, 26 U 9/15.
Austria
Deben reconocerse los certificados equivalentes de organismos del Espacio Económico Europeo; la carga de la prueba recae en usted. En 2024, el Tribunal Administrativo Federal aplicó un criterio estricto. Por eso, para las licitaciones austríacas, certifica nuestra sociedad alemana.
Para consultar: § 87 BVergG 2018; Ley de Acreditación de 2012, § 3 apdo. 2.
Suiza
El derecho de contratación pública no conoce ninguna obligación de acreditación — ni tampoco ninguna norma que obligue a reconocer certificados equivalentes. Lo que le queda a usted es un argumento sólido: los criterios de idoneidad deben ser objetivamente necesarios. Quien exija la acreditación debe poder justificarlo.
Para consultar: art. 27 apdo. 1 BöB; adicionalmente art. 30 apdo. 3 BöB.
Nuestra propuesta al respecto: envíenos el pasaje correspondiente de los documentos de la licitación. Lo revisamos y le decimos antes de su presentación si nuestro certificado le sirve allí, o si es mejor acudir a un organismo acreditado.
Lo que usted recibe de nosotros
Cinco documentos con los que responde a cualquier consulta
Estos cinco forman parte de nuestra certificación. No necesita pedirlos ni pagar nada extra.
Su certificado, verificable públicamente
Digital, con entrada en nuestro registro público. Sus clientes y comitentes comprueban la validez ellos mismos, sin necesidad de llamarnos.
Nuestras directrices de certificación
El procedimiento según el cual verificamos y decidimos, documentado de forma comprensible. Conforme a ISO/IEC 17021-1 e ISO 19011.
La prueba de competencia de su auditor
Quién le auditó, con qué cualificación y para qué norma. Lo recibe antes de la auditoría, no después.
El informe de auditoría conforme a la norma
Cada hallazgo con referencia a la norma. Este es el documento que hace comprensible una auditoría, y por tanto el verdadero equivalente al certificado de acreditación.
El documento sobre equivalencia
Situación legal en Alemania, Austria, España y Suiza, con todas las referencias. Para reenviar a compras, al departamento de calidad o al comitente.
Preguntas frecuentes
Qué más nos preguntan los clientes
No necesariamente. Pregunte primero en qué se basa el requisito. Entre empresas rige lo que acuerden las partes; detrás de la formulación a menudo no hay una obligación, sino una costumbre en el cuestionario.
Utilice el texto modelo más arriba en esta página. En la mayoría de los casos, el asunto queda resuelto. Si su comitente insiste, necesitará un organismo acreditado, y entonces se lo diremos abiertamente.
No. Ahorramos tiempo de espera, no tiempo de verificación. El número de días de auditoría se rige por la misma sistemática reconocida que en todas partes: número de empleados, ubicaciones, complejidad de su actividad.
Es más rápido porque las citas, las consultas y las decisiones no se quedan pendientes durante semanas con nosotros. Si alguien le ofrece una certificación sin auditoría, sin auditoría interna y sin revisión por la dirección, eso no es una oferta seria, independientemente de la acreditación.
Infórmenos y examinaremos el caso. Si surge una obligación de acreditación para su sector, le informaremos activamente, no solo con la siguiente factura.
Revisamos la situación jurídica en esta página cada trimestre e indicamos el estado de forma visible.
Porque una acreditación genera esfuerzo y costes que, al final, usted asume, sin que cambie nada en el contenido de la auditoría. Para una empresa con cuarenta empleados, eso es un mal negocio.
Además, la decisión corresponde a cada organización nacional. Le indicamos qué estatus de asociación y acreditación tiene la sociedad con la que firma el contrato antes de la firma.
Haga a cada organismo las mismas cinco preguntas: ¿Quién me audita y con qué cualificación? ¿Según qué normativa se desarrolla el proceso? ¿Cómo se garantiza que el organismo no audita su propio trabajo? ¿Cómo puede un tercero verificar mi certificado? ¿Cuánto cuesta y qué costes se añaden después?
Quien responda claramente a estas cinco preguntas ofrece un certificado sólido, con o sin acreditación. Recibirá nuestras respuestas por escrito en la primera conversación.
Díganos quién de ustedes exige un comprobante.
Lo mejor es con el texto exacto. Así, en una breve conversación, le diremos si somos el organismo adecuado para usted, y si no lo somos, quién lo es.
Situación jurídica: 30 de junio de 2026, verificada para Alemania, Austria, España y Suiza. Esta página es una clasificación general y no sustituye el asesoramiento jurídico en un caso concreto. La certificación la realiza la organización Eucerta de su país; le indicaremos qué estatus de asociación y acreditación tiene esa organización antes de la firma del contrato.
